El TC declara inconstitucional el polémico redactado que incorporaba la LOPDGDD
El pleno del Tribunal Constitucional ha declarado finalmente inconstitucional el artículo 58 bis 1, que hacía referencia a la posibilidad que tenían los partidos políticos de recopilar información personal en base a las opiniones políticas que los usuarios podríamos divulgar en redes sociales y web.
El Defensor del Pueblo, presentó un recurso de inconstitucionalidad el pasado 5 de marzo a instancias de diversos grupos sociales que intuían que este articulo podría afectar gravemente la privacidad de los ciudadanos.
Finalmente, hoy se ha aprobado la ponencia del Magistrado Candido Conde-Punpido y en las próximas fechas, se conocerá el literal de la sentencia.
Habrá que estar muy atentos, pero de momento, aquí os dejo el enlace a la nota de prensa que ha publicado el TC.